La Junta de Gobierno es el órgano colegiado integrado por el presidente y un número de diputados no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquel, dando cuenta al Pleno

Funciones que desarrolla - Entre sus atribuciones destacan:

  • La asistencia al Presidente en el ejercicio de sus atribuciones.
  • Las que el Presidente o el Pleno le delegue o le atribuya las leyes.

Régimen de sesiones: En el presente mandato corporativo la Junta de Gobierno celebra sesión ordinaria todos los viernes no festivos de cada mes a las 10:00 horas.

  • Formato: HTML.
  • Responsable: Secretaría General
  • Fecha de actualización/revisión (*): 10 junio 2026.
  • Periodicidad: Semestral.
  • Referencia normativa: Art. 6.1 Ley 19/2013
  • (*) Indica la última revisión de la información por el servicio responsable, garantizando su vigencia o actualización